El modelo de comedores escolares públicos de Euskadi está regulado por una Orden de la Viceconsejería de Educación de septiembre de 2024. En ella se establece que la gestión a través de empresas del sector es la única opción para la prestación del servicio de comedor escolar público. A grandes rasgos este modelo se caracteriza por que sea el Departamento de Educación quien seleccione y contrate a las empresas de catering que van a realizar el servicio, dejando en manos de cada centro únicamente la gestión económica y supervisión del funcionamiento del comedor.
Esta normativa se complementa con unas instrucciones de funcionamiento establecidas por la Viceconsejería a partir del curso 2021-2022.
Para la selección de las empresas adjudicatarias se lleva a cabo un concurso público donde los centros son agrupados por lotes (3, 6, 8 y 9 lotes en los 8 pliegos de contratación de 2022, respectivamente) y con una serie de requisitos de capacidad y solvencia de tal forma que sólo unas pocas empresas pueden homologarse y ofrecerlo. En la segunda fase las empresas presentan una propuesta de servicio que debe cumplir con los requisitos establecidos en los pliegos técnicos del concurso (ver los 8 pliegos de 2022 en los documentos anexos).
Hemos solicitado una comparativa de los pliegos de 2015/16 y de 2002 al Grupo de Investigación de Compra Pública Verde (UAH) y a Mensa Cívica, que han analizado 8 aspectos y han realizado propuestas de mejora. Estos son los aspectos analizados:
- Objeto del contrato.
- División del contrato en lotes.
- Criterios de adjudicación.
- Condiciones especiales de ejecución.
- Garantías a aportar por licitadores y solvencia económica y técnica.
- Especificaciones técnicas.
- Penalidades y causas de resolución del contrato.
- Menús y modificaciones.
Aquí podéis leer el documento completo: Estudio comparativo 2015-2016 y 2022
Y aquí la versión resumida: Resumen comparativa pliegos 2015/16-2022
¿Y cuál es la normativa que debemos seguir si iniciamos el proceso hacia la cogestión del comedor?
Hoy por hoy NO existe legislación que regule esta posibilidad simplemente porque el Gobierno Vasco no contempla esta opción. La única concesión que ha hecho en este sentido ha sido la aprobación de los cuatro proyectos piloto (PP), a partir de la PNL que aprobó el Parlamento Vasco, pero no se definieron pautas de funcionamiento específicas a pesar de la enorme diferencia que supone con respecto a la gestión directa. Por eso, lo que han hecho estos centros ha sido tratar de seguir la normativa vigente y los requisitos que se establecían en los pliegos, como pueden ser los tipos de menús a ofrecer o las categorías de personal que hay, y en las cosas que no tienen nada que ver con respecto a la gestión directa, han tenido que ingeniárselas y buscar soluciones prácticas para cubrir los vacíos que la Administración ha dejado sin solventar.
Esperamos que, dado el éxito que están teniendo los PP y la enorme presión social que existe por dar cabida a otros modelos de gestión de los comedores, el Gobierno Vasco replantee su postura y cree una legislación más flexible e inclusiva. Mientras tanto, esta guía se ha creado a partir de la normativa vigente y la experiencia de los PP, y debéis tener en cuenta que tiene sus limitaciones y que cambiará a medida que lo haga la legislación.
LISTADO DE NORMATIVA VIGENTE
A continuación os presentamos el listado completo de la normativa actualizada y otros documentos provenientes de las administraciones que están relacionados con la gestión de los comedores. No obstante, no os asustéis, no es necesario dominarla toda. En esta guía hemos tratado de que en cada apartado queden reflejadas estas cuestiones de forma rigurosa pero también sencilla y práctica.